ACORDADA N° 26.166
Mendoza, 04 de noviembre de 2014
VISTO:
El expediente N° 76.834 caratulado “Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia – Acordada N° 24.842” y, el expediente N° 78.170 caratulado “Convenio Entre el Poder Judicial de Mendoza y el Colegio de Abogados y Procuradores de la 3ra Circunscripción Judicial” y,
CONSIDERANDO:
Que con objeto de formar, en el ámbito de la Tercera Circunscripción Judicial, abogados y abogadas que representen los intereses personales de los niños, niñas y adolescentes, surge la posibilidad de firmar un Convenio de Asistencia y Cooperación, entre el Poder Judicial de la Provincia de Mendoza y el Colegio de Abogados y Procuradores de la Tercera Circunscripción Judicial.
El referido convenio procura poner en funcionamiento la figura de Abogado del Niño, y se enmarca en las disposiciones del artículo 12, incisos 1) y 2) de la Convención de Derechos del Niño de las Naciones Unidas, el artículo 8° del Pacto San José de Costa Rica y artículo 27 de la Ley 26.061.
El convenio ha sido analizado por Secretaría Legal y Técnica, que no ha realizado observaciones.
Que, en consecuencia, debe procederse a la celebración de dicho convenio, autorizándose al Sr. Presidente de este Tribunal a su rúbrica.
Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 4969 y demás normas legales en vigencia, la Sala Tercera de la Suprema Corte de Justicia,
RESUELVE
III. Designar como representante técnico del Poder Judicial, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la cláusula segunda del convenio, al Sr. Subdirector de Niñez y Adolescencia, Dr. Javier López Maida.
Regístrese, comuníquese y archívese.
FIRMADO: Dr. Pedro Jorge LLORENTE, Presidente Suprema Corte de Justicia, Dr. Omar PALERMO, Ministro y Dr. Carlos Bohm, Ministro.-
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